26 Agosto 2010 - La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y sus organizaciones miembro en Chile, la Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo (CODEPU) y el Observatorio Ciudadano, llaman el gobierno y al Congreso a pronunciarse sobre las demandas de los mapuche en huelga de hambre y manifiestan su preocupación por la evidente falta de voluntad de Chile de responder a estas demandas.
El pasado 12 de julio un grupo de comuneros mapuche iniciaron una huelga de hambre en los penales de Concepción y Temuco, a los que se han sumado otros comuneros en las cárceles de Angol, Lebu y Valdivia en el sur de Chile. En total 32 personas, de los cuales algunos completan 43 días de huelga de hambre líquida.
Entre las demandas que plantean al Estado se encuentran el término de la aplicación de la ley antiterrorista en causas que les involucran, el fin al procesamiento de algunos de ellos por la justicia militar, un juicio justo y la desmilitarización de las zonas mapuche en que las comunidades reivindican derechos humanos políticos y territoriales.
La mayoría de quienes hoy están en huelga están formalizados en una investigación judicial y otros encausados por la ley antiterrorista. Un grupo de ellos presentan además un doble juicio, ya que por los mismos hechos tienen un proceso civil y otro en la justicia militar.
Para la Presidenta de la FIDH, Souhayr Belhassen, “La falta de respuesta, hasta la fecha, de las autoridades chilenas a las demandas de los Mapuche en huelga de hambre es muy preocupante, por el desprecio que significa para estas personas cuyas vidas se encuentran en peligro. Cabe recordar además que la aplicación casi exclusiva a la población mapuche de la ley antiterrorista en la última década, por delitos comunes, es una medida desproporcionada y discriminatoria. Y si bien hay hechos que pudieran constituir delitos, la opción del gobierno de avalar e incluso hacerse parte en juicios invocando esta ley expresa una manifiesta voluntad política de reprimir la protesta social de esta población mapuche por medios cuestionados, y que tienen serias implicancias legales y sociales”.
Para la FIDH la ley antiterrorista no garantiza adecuadamente el debido proceso al permitir la mantención del secreto de la investigación por largos períodos; al admitir la protección de testigos que la defensa no conoce; dando lugar a la existencia de testigos sin rostro en los procesos que se siguen en base a esta ley; al posibilitar la intercepción de las comunicaciones del imputado que ha incluído a sus abogados; y al impedir la aplicación de medidas cautelares distintas de la prisión preventiva. También ha sido cuestionada por establecer una elevada penalidad, la que duplica en varios casos a aquella establecida en la legislación ordinaria.
La aplicación de esta ley tiene también implicancias sociales ya que estigmatiza a una población ya vulnerable por sus condiciones de vida, y que se ve sometida a una permanente presencia y vigilancia de efectivos policiales en comunidades, que muchas veces se ha traducido en el uso desproporcionado de la fuerza en contra de sus integrantes. Esto ha generado graves impactos psicosociales en ellas, los que han sido reconocidos por instituciones del propio Estado y organismos como la UNICEF para la situación de los niños.
La FIDH ha manifestado en otras ocasiones a las autoridades de Chile su preocupación por la vulneración de derechos que sufren las comunidades indígenas, en particular los miembros del pueblo mapuche en el Sur del país, que se han traducido por detenciones arbitrarias, malos tratos, torturas y muertes. El Estado ha recibido reiteradas recomendaciones de los órganos de tratados, de cumplimiento obligatorio para Chile, y del Relator Especial de Naciones Unidas para pueblos indígenas que demuestran esta situación crítica de derechos humanos del pueblo mapuche. Es el caso de la recomendación del Comité contra la Tortura, que el estado de Chile debió responder en mayo pasado, una de las cuales insiste en limitar la competencia material y personal al Código de Justicia Militar, para investigar y sancionar acciones que involucren a civiles, que no ha sido respondida.
El estado de Chile no ha manifestado voluntad de intervenir en estas materias y así se puede interpretar de la tramitación en el parlamento, donde la ley antiterrorista como el Código de Justicia Militar no han sido discutidos. También es preocupante la insistencia del gobierno en aplicar la legislación antiterrorista para diversas materias comunes o por actos de protesta social, ampliando desproporcionadamente su concepto lo que deriva en abusos y en la vulneración de los derechos humanos.
La FIDH y sus organizaciones miembro en Chile, CODEPU y el Observatorio, llaman al gobierno a:
1/ De forma inmediata,
Entre las demandas que plantean al Estado se encuentran el término de la aplicación de la ley antiterrorista en causas que les involucran, el fin al procesamiento de algunos de ellos por la justicia militar, un juicio justo y la desmilitarización de las zonas mapuche en que las comunidades reivindican derechos humanos políticos y territoriales.
La mayoría de quienes hoy están en huelga están formalizados en una investigación judicial y otros encausados por la ley antiterrorista. Un grupo de ellos presentan además un doble juicio, ya que por los mismos hechos tienen un proceso civil y otro en la justicia militar.
Para la Presidenta de la FIDH, Souhayr Belhassen, “La falta de respuesta, hasta la fecha, de las autoridades chilenas a las demandas de los Mapuche en huelga de hambre es muy preocupante, por el desprecio que significa para estas personas cuyas vidas se encuentran en peligro. Cabe recordar además que la aplicación casi exclusiva a la población mapuche de la ley antiterrorista en la última década, por delitos comunes, es una medida desproporcionada y discriminatoria. Y si bien hay hechos que pudieran constituir delitos, la opción del gobierno de avalar e incluso hacerse parte en juicios invocando esta ley expresa una manifiesta voluntad política de reprimir la protesta social de esta población mapuche por medios cuestionados, y que tienen serias implicancias legales y sociales”.
Para la FIDH la ley antiterrorista no garantiza adecuadamente el debido proceso al permitir la mantención del secreto de la investigación por largos períodos; al admitir la protección de testigos que la defensa no conoce; dando lugar a la existencia de testigos sin rostro en los procesos que se siguen en base a esta ley; al posibilitar la intercepción de las comunicaciones del imputado que ha incluído a sus abogados; y al impedir la aplicación de medidas cautelares distintas de la prisión preventiva. También ha sido cuestionada por establecer una elevada penalidad, la que duplica en varios casos a aquella establecida en la legislación ordinaria.
La aplicación de esta ley tiene también implicancias sociales ya que estigmatiza a una población ya vulnerable por sus condiciones de vida, y que se ve sometida a una permanente presencia y vigilancia de efectivos policiales en comunidades, que muchas veces se ha traducido en el uso desproporcionado de la fuerza en contra de sus integrantes. Esto ha generado graves impactos psicosociales en ellas, los que han sido reconocidos por instituciones del propio Estado y organismos como la UNICEF para la situación de los niños.
La FIDH ha manifestado en otras ocasiones a las autoridades de Chile su preocupación por la vulneración de derechos que sufren las comunidades indígenas, en particular los miembros del pueblo mapuche en el Sur del país, que se han traducido por detenciones arbitrarias, malos tratos, torturas y muertes. El Estado ha recibido reiteradas recomendaciones de los órganos de tratados, de cumplimiento obligatorio para Chile, y del Relator Especial de Naciones Unidas para pueblos indígenas que demuestran esta situación crítica de derechos humanos del pueblo mapuche. Es el caso de la recomendación del Comité contra la Tortura, que el estado de Chile debió responder en mayo pasado, una de las cuales insiste en limitar la competencia material y personal al Código de Justicia Militar, para investigar y sancionar acciones que involucren a civiles, que no ha sido respondida.
El estado de Chile no ha manifestado voluntad de intervenir en estas materias y así se puede interpretar de la tramitación en el parlamento, donde la ley antiterrorista como el Código de Justicia Militar no han sido discutidos. También es preocupante la insistencia del gobierno en aplicar la legislación antiterrorista para diversas materias comunes o por actos de protesta social, ampliando desproporcionadamente su concepto lo que deriva en abusos y en la vulneración de los derechos humanos.
La FIDH y sus organizaciones miembro en Chile, CODEPU y el Observatorio, llaman al gobierno a:
1/ De forma inmediata,
- atender seriamente las demandas planteadas por los presos mapuche para facilitar que depongan su huelga de hambre:
- poner un término a la aplicación de la ley antiterrorista en causas que les involucran
- poner fin al procesamiento de algunos de ellos por la justicia militar
- asegurarles un juicio justo
2/ De forma general:
- reformar la ley antiterrorista, por violar el debido proceso, y asegurar que no sea aplicada por delitos comunes
- restringir la competencia de los tribunales militares, de forma que no puedan conocer causas contra civiles, y para asegurar que todas las violaciones a los derechos humanos recaigan en el foro civil
- desmilitarizar las tierras Mapuche
- respetar el Convenio N°169 de la OIT ratificado por Chile en septiembre de 2008
- de forma general, corresponder con sus compromisos internacionales, en particular cumplir con las recomendaciones formuladas por el Comité contra la tortura y el Relator especial sobre pueblos indígenas de la ONU.
Lista de los presos políticos mapuche en huelga de hambre al día 23 de agosto 2010
Complejo Penitenciario de CONCEPCION “El Manzano” (Camino a Penco Nº 450)
1.- Luis Guillermo Menares Chanilao, Comunidad Nalcahue, Cholchol.
2.- José Santiago Huenuche Reiman, De Cañete.
3.- Jonathan Sady Huillical Mendez, De Labranza.
4.- Ramón Esteban Llanquileo Pilquiman.
5.- Héctor Javier Llaitul Carillanca.
* El Lunes 12 de Julio inician huelga de hambre líquida.
Centro de Detención Penitenciario (CDP) de LEBU (J.J. PEREZ Nº 775)
6.- Carlos Andrés Muñoz Huenuman, Comunidad Venancio Ñeguei, Tirúa
7.- Eduardo César Painemil Peña, Comunidad Pascual Coña de Lleu Lleu, Cañete.
* Desde el jueves 29 de Julio se suman a la huelga de hambre líquida.
8. Juan Carlos Parra Leiva, Comunidad de Puerto Choque, Tirúa.
* Desde el martes 10 de agosto se suma a la huelga de hambre líquida.
Centro de Detención Preventiva (CDP) de ANGOL (Los Confines S/N)
9.- Waikilaf Cadin Kalfunao, Comunidad Juan Paillalef, Cunco.
10.- Victor Adelino Llanquileo Pilquimán, Comunidad Esteban Yevilao, Tirúa.
* Ambos desde el miércoles 21 de Julio se suman a la huelga de hambre líquida.
11.- Víctor Hugo Queipul Millanao, Comunidad Autónoma Temucuicui, Ercilla.
12.- José Eugenio Queipul Huaiquil, Comunidad Autónoma Temucuicui, Ercilla.
13.- Camilo Hipólito Tori Quillanao, Comunidad Autónoma Temucuicui, Ercilla.
14.- Felipe Ricardo Huenchullan Cayul, Comunidad Autónoma Temucuicui, Ercilla.
15.- Lorenzo Alex Curipan Levipan, Comunidad Mapuche Rankilko, Collipulli.
16.- Fernando Enrique Millacheo Marin, Comunidad Newen Mapu de Chequenco, Ercilla.
17.- José Guillermo Millacheo Marin, Comunidad Newen Mapu de Chequenco, Ercilla.
18.- Eduardo Javier Oses Moreno, De Ercilla, Wenuy de la causa Mapuche.
* Desde el lunes 26 de Julio se suman a la huelga de hambre líquida.
Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) de TEMUCO (Av. Balmaceda Nº 450)
19.- Mauricio Armando Huaiquilao Huaiquilao, Comunidad Juan Catrilaf II, sector Tres Cerros, Vilcún.
20.- Luís Sergio Tralcal Quidel, Comunidad Juan Catrilaf II, sector Tres Cerros, Vilcún.
21.- Pablo Canio Tralcal, Comunidad Juan Catrilaf II, sector Tres Cerros, Vilcún.
22. Pedro Alberto Cheuque Aedo, Comunidad Juan Catrilaf II, sector Tres Cerros, Vilcún.
23.- Sergio Marcial Catrilaf Marilef, Comunidad Juan Catrilaf II, sector Tres Cerros, Vilcún.
24.- Daniel Domingo Canio Tralcal, Comunidad Juan Catrilaf II, sector Tres Cerros, Vilcún.
25.- Ángel Reyes Cayupan, Comunidad Mateo Ñirripil, sector Muco Chureo, Lautaro.
26.- Jorge Eduardo Cayupan Ñirripil, Comunidad Mateo Ñirripil, sector Muco Chureo, Lautaro.
27.- Francisco Javier Cayupan Ñirripil, Comunidad Mateo Ñirripil, sector Muco Chureo, Lautaro.
28.- Elvis Favio Millán Colicheu, Comunidad Mateo Ñirripil, sector Muco Chureo, Lautaro.
29.- Eliseo Efraín Ñirripil Cayupan, Comunidad Mateo Ñirripil, sector Muco Chureo, Lautaro.
30.- Marco Mauricio Millanao Mariñan, Comunidad Pascu
31.- Claudio Andrés Sánchez Lorca, Wenuy de la causa Mapuche.
* El Lunes 12 de Julio inician huelga de hambre líquida.
Cárcel Concesionada de Llancahue, Valdivia (Isla Teja)
32.- Ignacio Andrés Gutiérrez Coña, De Nueva Imperial.
* Desde el Lunes 19 de Julio se suma a la huelga de hambre líquida.
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