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jueves, 21 de marzo de 2013

La porfía del lonko Pichún

Desde el primer ingreso, en octubre de 1998, las familias no volvieron a salir más del predio de la familia Matte. Los sacaban y regresaban. El mismo día, al día siguiente, poco importaba, ellos habían vuelto para quedarse.


Parte importante de la historia mapuche reciente se puede resumir en la figura del lonko Pascual Pichún. Y también en la entrega de tierras que el pasado viernes realizó el gobierno a su comunidad. Al lonko lo conocí allá por el año 98’ y gracias a su hijo Juan, con quien compartí residencia estudiantil en Temuco. Juan estudiaba Pedagogía Básica Intercultural y era un activo dirigente estudiantil. Yo un idealista estudiante de leyes, que creía a pie juntillas en la imparcialidad de la justicia, la presunción de inocencia y la efectividad de la Ley Indígena, entre otras ingenuidades propias de la edad.

“En mi comunidad vamos a recuperar un fundo”, me lanzó Juan cierto día, mientras almorzábamos en el casino de la UCT. “Estudias sobre la justicia. ¿Quieres pasar de la teoría a la práctica?”, me dijo sonriente y provocador. “Vamos, te invito a la comunidad, mi viejo te quiere conocer”, cerró y sin esperar respuesta alguna de mi parte. Y así llegué a Temulemu, al suroeste de Traiguén, un verdadero oasis de tierras erosionadas y resecas donde malvivían cientos de familias mapuches, rodeados de gigantescas plantaciones forestales, guardias privados malas pulgas y aviones fumigadores con pésima puntería. Para mí, mapuche proveniente de Ragnintuleufu, aquel fértil valle bendecido por las aguas de los ríos Quepe y Cautín, el paisaje resultaba brutalmente desolador.

Si la memoria no me falla, fue en octubre de 1998 cuando acompañé a las familias en su primer ingreso al fundo “Santa Rosa de Colpi” de Mininco, aledaño a la comunidad de Pichún. Se trataba de 2 mil y tantas hectáreas de pino radiata, listas para ser explotadas y acrecentar con ello el patrimonio ya desorbitante de la familia Matte, una de las cien más ricas del mundo según el listado Forbes de aquel año. La gente de Temulemu no estaba sola en su reclamo. El fundo, gigantesco como todos los dominios forestales sureños, colindaba con otros dos sectores rurales, tan pobres y abandonados como Temulemu.

Se trataba de Pantano y Didaico, este último liderado por el lonko Aniceto Norin, años más tarde compañero de celda y desventuras del lonko Pichún. Recuerdo aquella mañana como si fuera ayer. Lejos de las caricaturas de las “minorías mapuches violentas”, fueron cientos las familias que cruzaron la cerca del predio aquel día. Hablo de familias completas, adultos, ancianos, mujeres y niños, acompañados hasta de sus perros y uno que otro gato con quien la curiosidad pudo más. Una caravana de gente y de historia. Allí estaban los Nahuelpi, los Lincopi, los Nahuelcura, los Tranamil, los Pichincura, los Ñiripil, los Paillalao, los Pichun y tantos otros cuyos linajes familiares honraban.

No fue en absoluto una ocupación violenta, como tituló y en rojo furioso El Austral de Temuco al día siguiente. Me consta. Ningún encapuchado, ningún AK-47, ningún enviado especial de las FARC dando instrucciones por walkie-talkie. Por el contrario; un nguillatun de dos días recordó a todos la verdadera razón de por qué estábamos allí. “Es el retorno a la tierra de nuestros padres y abuelos”, me señaló el lonko Pichún en nuestro primer cruce de palabras. “Por donde vive su gente, peñi Pedro, ¿aún hay ríos, aún queda algo de bosque nativo?”, me preguntó. “Sí, peñi, es una linda tierra la de mis abuelos… y todavía no llegan las forestales”, respondí. Charlamos largamente con el lonko aquel día y los siguientes, que se volvieron meses y luego años de profunda amistad.

Siempre me preguntaba por mi lof, por mi comunidad, allá en la lejana Entreríos. Y en cada una de mis respuestas veía en sus ojos la nostalgia de un territorio alguna vez rebosante de vida, más luego avasallado y explotado sin contemplación por las leyes del hombre y del mercado. “Temulemu”, la tierra del árbol de Temu, pero sin Temu. Y sin medicina natural. Y sin ríos. Y sin agua. Y sin futuro para sus niños y jóvenes, obligados todos a migrar en búsqueda de una vida menos mala en la periferia de las grandes ciudades. “Somos extranjeros en nuestra propia tierra”, me dijo el lonko en una de nuestras charlas. La registré en una libreta de notas que me acompaña desde entonces.

***
¿Qué hacía un estudiante de leyes metido en la “toma” de un fundo? Nada ilegal, por cierto. Y es que el reclamo de las comunidades no solo era legítimo. También absolutamente legal. Así lo averiguamos con Juan, el hijo letrado del lonko, escudriñando en apolillados títulos de dominio de mediados del siglo XX. Cuento corto, tras la ocupación de la Araucanía (también llamada “Pacificación”), el Estado tomó el control del extenso territorio de los bisabuelos de Pichún, radicándolos a ellos en una mínima fracción restante (de allí el nombre legal de las actuales comunidades: “reducciones”).

En 1926, las familias solicitaron la ampliación del Título de Merced, para incluir tierras antiguas que fueron jurisdicción de sus lonkos y la restitución de aquellas usurpadas por particulares. En 1931, para sorpresa de muchos, el Juzgado de Indios de Victoria falló a favor de los mapuches, siendo -décadas más tarde- la Corporación de Reforma Agraria la encargada de devolverles sus tierras. Como ya sospecharán, todo volvió a fojas cero tras el golpe militar. Expulsados nuevamente, el predio volvió a manos de sus anteriores ocupantes, quienes a fines de los setenta -previendo tal vez que hasta la paciencia mapuche tiene un límite- optaron por vender a Forestal Mininco y largarse.

Fue lo que me tocó explicar en Ginebra, Suiza, en abril de 1999. Hasta allí llegué enviado por el lonko Pichún y otros dirigentes, para exponer los atropellos y abusos “legales” cometidos por empresas y latifundistas al sur del Biobío. Todo ello, claro, con la complicidad del Estado, el gobierno y sus sacrosantas instituciones. En la Comisión de Derechos Humanos de la ONU pocos podían creer lo que les contaba. Uno de ellos, el despistado cónsul honorario de Chile en Ginebra, un señor de origen francés que aseguraba -muy suelto de cuerpo- la no existencia de pueblos indígenas en el país. Cada vez que nos cruzábamos en los pasillos del Palacio de las Naciones, bajaba la vista. Avergonzado de su rol, quisiera pensar.

En aquel viaje no solo me correspondió hablar por Temulemu. También por Cuyinco, LleuLleu, Rucañanco, Colcuma, Pichilonkoyan, Catrioñancul, Choin Lafkenche y Caillin, entre otras comunidades movilizadas y donde la historia del despojo, una y otra vez, se repetía calcadamente hasta el cansancio. “Invasión, Reducción y Usurpación”. La trilogía del arribo chileno al Wallmapu, el país soberano de nuestros bisabuelos. Y como si no fuera poco, los usurpadores no eran el Estado, ni los colonos, ni las madereras. No, señor, los usurpadores eran los comuneros. Corrijo, los usurpadores eran ellos y todos quienes, desde la ciudad, osáramos apoyarles en su reclamo.

Esto lo entendí al aterrizar en el aeropuerto de Santiago, a mi regreso de la ONU. De aquel vuelo Iberia bajamos dos personas esposadas. Un ciudadano español, buscado por drogas por INTERPOL. Y el joven estudiante de leyes de Temuco, vocero internacional de la “subversión mapuche en los campos del sur”, según consignó la prensa. “Así que estudias derecho en la Católica. Pero hombre, ¿qué cresta andas haciendo con estos indios comunistas?”, me lanzó el ministro en visita que había ordenado, desde Traiguén, mi captura internacional. “Hice lo que me enseñaron ustedes; elaboré un informe jurídico y lo fui a presentar a la ONU. Hasta creo que debieran darme un premio como alumno destacado”, respondí.

El ministro, tristemente célebre en la zona por su marcado racismo y mal aliento, no estaba precisamente para bromas. “¿Sabes que si te proceso perderás tu carrera?”, preguntó amenazante. “¿Y aquello de la presunción de inocencia que aprendí en primer año?”, respondí. Era bastante sabio el ministro Loyola, hoy jubilado para tranquilidad de moros y cristianos. Juntarme con “los indios” sí tendría sus consecuencias. Encarcelado y formalizado por usurpación de tierras, robo de madera y encubrimientos varios, implicó ese año mi despedida de la Escuela de Leyes. Al año siguiente, tras persistir todo el 99’ con las malas juntas, ingresé a estudiar periodismo en Temuco (Gracias, magistrado, por el favor concedido).

No fui el único encarcelado aquel año, por cierto. Y al lado de lo que sufrieron los lonkos y sus familias, lo mío no dejó de ser una anécdota. Desde el primer ingreso, en octubre de 1998, las familias no volvieron a salir más del predio de la familia Matte. Los sacaban y regresaban. El mismo día, al día siguiente, poco importaba, ellos habían vuelto para quedarse. Una y otra vez los desalojaron de manera violenta, cientos de carabineros armados hasta los dientes y endiablados quizás con qué. Varios desalojos y allanamientos los presencié estando en la comunidad. Siempre recuerdo un operativo en especial, acontecido en junio de 1999 y que implicó un masivo apaleo policial de mujeres, ancianos y niños, sin distinción alguna. Detenido esa mañana por una patrulla del GOPE en las inmediaciones del fundo, todo lo observé desde una micro policial, esposado y bajo custodia de un oficial que disfrutaba la escena a carcajada limpia.

Aquel día mucha sangre se derramó en Temulemu. Sangre mapuche solamente. Sangre del lonko Pascual, agredido por matones de uniforme que lo subieron a la micro maniatado y bañado en sudor y lágrimas. Sentado frente a mí, jadeando, con dificultades para respirar incluso, aún recuerdo sus palabras: “No se preocupe, peñi Pedro; vamos a volver, vamos a volver”. Dos años más tarde, junto al lonko Aniceto Norin, sería acusado de “amenaza terrorista” por el gobierno, el ex ministro Juan Agustín Figueroa y un regimiento de abogados de apellidos vinosos. Un primer juicio lo absolvió de cargos. Un segundo, de tipo kafkiano y ordenado por la Suprema, lo condenó de manera inapelable a cinco años en prisión. Gobernaba don Ricardo Lagos Escobar, alias "el demócrata".

Visité al lonko numerosas veces en la cárcel. Siempre le llevaba un ejemplar de Azkintuwe, el periódico que fundamos en el sur el 2003. Acompañados de mate, nos reíamos. Nunca perdió el sentido del humor. Ni la serenidad que otorgan los años y los desalojos en el cuerpo. “Esas tierras volverán a manos de la comunidad”, me decía siempre, con la esperanza intacta. Y hace unos días su sueño se volvió realidad. Tres mil 576 millones de pesos desembolsó el Estado para comprar las 2 mil 554 hectáreas que Forestal Mininco y otros “propietarios” poseían en medio de las comunidades de Traiguén. Uno de los fundos, “Santa Rosa de Colpi”. Cuesta creerlo. Mas de una década debió transcurrir para que las familias de Temulemu, Didaico y Pantano pudieran recuperar sus tierras. Más de una década, cientos de mapuches detenidos, condenados, heridos y apaleados.

“¿Qué impedimento ve usted para que el Estado chileno no resuelva estos conflictos, en apariencia de fácil abordaje legal?”, me preguntó un colega de Radio Francia Internacional en aquel periplo europeo del 99’. “Racismo”, respondí. “La familia Matte, que posee casi un millón de hectáreas de plantaciones, no quedará precisamente en la ruina devolviendo 2 mil. Lo que se busca es enviar un mensaje; no vendemos, no devolvemos, no nos doblarán la mano estos indios”. Paradojas del destino, fue un gobierno de derecha quien tuvo los cojones para resolver finalmente el entuerto. Lo que no hizo en una década la Concertación, en dos años lo resolvió Piñera. “Este es un triunfo del pueblo mapuche”, me dijo el lonko Pichún hace tan solo unos días, tras una pausa en la ceremonia de agradecimiento a la tierra. Lo es, estimado peñi. Del pueblo mapuche y de su porfía.


* Publicado originalmente en The Clinic.

miércoles, 1 de febrero de 2012

Comunicado público Comunidad Mapuche Autónoma Temucuicui Ante demarcación y restitución del Territorio Ancestral Mapuche


Ante demarcación y restitución del Territorio Ancestral Mapuche.

La Comunidad Mapuche Autónoma Temucuicui, mediante la presente declaración queremos exponer ante la opinión Pública Local, Nacional y especialmente a las comunidades y organizaciones Mapuche lo siguiente:


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1. Hoy, lunes 30 de Enero de 2012, alrededor de las 5 de la madrugada, nuestras Autoridades Tradicionales entre ellas el Lonko Víctor Queipul Huiaquil, los werken Jorge Huenchullan y Luis Tori Quiñinao, junto a todos nuestros integrantes ingresaron a los predios demandados por nuestra comunidad y después de realizar una rogativa Mapuche, se instaló un REWE, designándose y señalizando de esta manera el recinto sagrado donde se realizarán las distintas ceremonias tradicionales y espirituales de nuestro lof.


2. Esta demanda es desarrollada dentro del legítimo marco de recuperaciones de tierras realizados por las comunidades mapuche y en la necesaria restitución de nuestro territorio ancestral, el que nos permitirá seguir existiendo cómo Pueblo, y que por estos días se encuentra en manos de los herederos de la usurpación del estado chileno (colonos extranjeros y empresas multinacionales)


3. Queremos también recordar que nuestra comunidad desde hace mucho tiempo ha venido reivindicando todo nuestro territorio ancestral y esta demanda comprendía entre otros los predios del colindante particular René Urban (Fundo Montenegro y la Romana), en cuya lucha de recuperación de dichos predios, muchos de nuestros hermanos y sus familias por largos años tuvieron que vivir la constante persecución y maltrato por parte las fuerzas policiales, quienes realizaban constantes seguimientos, allanamientos, destrucción de viviendas sin medir consecuencia, llevándonos además a algunos a permanecer por largos años viviendo en clandestinidad y a otros encarcelados; reivindicación que además mantuvo cumpliendo condenas tras las rejas a varios de nuestros comuneros.


4. Después de mucho debate y reflexión al interior de la comunidad y tomando en consideración las demandas manifestadas públicamente por la Comunidad Tradicional Temucuicui, sobre estos mismos fundos y considerando también EL BIEN Y LA BUENA CONVIVENCIA ENTRE AMBOS SECTORES Y ESPECIALMENTE, PENSANDO EN LA BUENA IMAGEN DE LA LUCHA DEL PUEBLO MAPUCHE Y SU MADURACIÓN POLÍTICA, NUESTRA GENTE HA TOMADO LA DECISIÓN DE DAR UN PASO AL COSTADO SOBRE LA DEMANDA DE LOS FUNDO LA ROMANA Y MONTEGRO, señalando por otra parte que nosotros seguiremos demandando los otros fundos aledaños a estos predios.


5. Queremos manifestar que de esta manera pretendemos contribuir a iniciar un camino de solución para las demanda de ambas comunidades y finalmente continuar recuperando el Territorio Mapuche Usurpado por particulares y empresas Forestales bajo el alero de la institución del estado chileno.


6. El objetivo de dar a conocer estas actividades internas que realiza nuestra Comunidad, es para dar mayor claridad sobre la postura de nuestra gente y especialmente en este tema ya que es una decisión compleja, pero creemos que es acertada ante la importancia que tiene el territorio al ceno de ambas comunidades, y que se prestó en algunos momentos a vivir situaciones complejas de convivencia que nosotros damos completamente por superados.

Por esta razón es que queremos que todos quienes nos conocen y han solidarizado en este largo proceso de lucha, entiendan y apoyen nuestra decisión que pretendemos y creemos que es una solución favorable y viable para ambos sectores y hacemos entrega de estas palabras cómo un mensaje de fraternidad en la lucha mapuche y un ejemplo de hermandad entre nuestras comunidades.


Wallmapuche Temucuicui

30 de enero de 2012

martes, 16 de agosto de 2011

Pueblos originarios acusan vicios y exigen el retiro de Consulta Nacional Indígena


mapuche

16 de Agosto 2011
 Paula Correa

La Gran Consulta Indígena que está impulsando el Gobierno se ha convertido en objeto de una insólita disputa en el Parlamento, a raíz de la aprobación de un proyecto de acuerdo para frenar el proceso y derogar el artículo 124 del Ministerio de Planificación, corrigiendo así las anomalías e irregularidades que ha presentado.
Esta “Gran Consulta Nacional” ha sido rechazada por los distintos pueblos indígenas a través de sus organizaciones representativas, tal como establece el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que regula el derecho a consulta, y por extraño que parezca, la razón es que no ha sido debidamente consultada.

Además, esta consulta se estructura bajo los parámetros del Decreto 124 del Mideplan, que  no cumple con los estándares internacionales, por lo que en el “Encuentro de Autoridades Tradicionales y Dirigentes de Los Pueblos Indígenas 2011” se ha solicitado detener de inmediato la consulta, lo que no ha sido escuchado.

Distintos dirigentes han insistido a través de todas las vías posibles, logrando que la comisión de Derechos Humanos de la Cámara enviara un oficio al Presidente Sebastián Piñera, solicitando paralizar la consulta y derogar el decreto 124, lo que tampoco tuvo mayor respuesta. Así llegaron hasta el Senado que el 3 de agosto aprobó un proyecto de acuerdo con el mismo fin.

Sin embargo, el jueves pasado el Comité de Partidos decidió anular la votación. Sobre esto se refirió el representante de la Red Legislativa Indígena y de Políticas Públicas, Francisco Vera Millaquén, quien declaró que “para nosotros es una falta de seriedad, es una responsabilidad de parte de los senadores y un oportunismo del gobierno de derecha, que aprovecha el momento para meter un proyecto que sirve de palanca para sus pretensiones de seguir violando los derechos de los pueblos indígenas en Chile. Nosotros no lo aceptaremos, nos parece de la mayor gravedad lo que está ocurriendo hoy en el Congreso chileno”.

La molestia del werkén pasa porque la Coalición por el Cambio, aprovechó la instancia para ingresar otro proyecto de acuerdo donde se respalda esta irregular consulta señalando que “cumple los más altos estándares del derecho internacional”.

Ambos proyectos de acuerdo se votan esta tarde en pleno en el Senado en Valparaíso, el que rechaza la consulta a las 16 horas y el que la respalda a las 20 horas. Lo curioso es que de estas reuniones podría surgir la contradicción de contar con dos proyectos opuestos aprobados, lo que ha sido catalogado por las autoridades tradicionales como “una verdadera ridiculez y falta de respeto”.

En este sentido, Francisco Vera, advirtió a los estudiantes chilenos que, lo que pase hoy en día en esta votación, va a marcar la seriedad que tiene el Congreso y dar una clara señal sobre si realmente se puede conversar con él. Además anunció que están preparando una denuncia formal por todo este escándalo ante la OIT con copia al relator especial para los pueblos indígenas de las Naciones Unidas, James Anaya.
 Radio U.Chile.cl

Corte Interamericana de Derechos Humanos juzgará a Chile por aplicación de Ley Antiterrorista a mapuches


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15 de Agosto 2011
 
Diana Porras
Por primera vez en la historia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos enjuiciará a Chile por violar las garantías fundamentales del pueblo mapuche a través de la aplicación de la Ley Antiterrorista en los procesos judiciales relacionados con sus reivindicaciones históricas. 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos confirmó que enjuiciará al Estado chileno por aplicar la Ley Antiterrorista a Ancieto Norin y Pascual Pichún, dos autoridades tradicionales del pueblo mapuche.

La decisión se da luego que la Comisión Interamericana en esta materia enviara los casos de los lonkos a la Corte.

En esa línea, el abogado que representanta a los comuneros  en el tribunal internacional, Jaime Madariaga, dijo a Radio Universidad de Chile que la comisión conoció los antecedentes del caso y consideró que hay violación a las garantías fundamentales.

“Ha habido condenas de parte de los tribunales chilenos en que se ha presentado una discriminación racial en contra de los líderes mapuche. Con la aplicación de los testigos sin rostro efectivamente se viola el debido proceso y además la Ley Antiterrorista no cumple con los estándares internacionales. Por eso cuando la CIDH estima que esto ha ocurrido y decide llevarlo a la Corte es importante no sólo para reparar a las víctimas, sino que para garantizar a otras personas que esto no vuelva a ocurrir”, precisó el jurista.

A nivel internacional, varios informes, observadores y representantes de la comunidad indígena han cuestionado la aplicación de esta legislación en casos relacionados con la reivindicación de los mapuche.

Por lo mismo, Madariaga calificó esta medida como un “paso histórico” y afirmó que “lo importante es que esta es la primera vez que una organización internacional como esta comisión y eventualmente un tribunal de justicia internacional pueden condenar al Estado de Chile. Efectivamente ha habido informes y muchas denuncias en contra del Estado, pero sería inédito que se condene al Estado de Chile por violar la institucionalidad internacional”

Este lunes fue convocada una manifestación en el sector de Alameda con Exposición con el mensaje: “La recuperación territorial, la protección de nuestros espacios sagrados y la autodefensa no son terrorismo”.

En la convocatoria realizada por grupos de comunidades del sur del país, expresó que  “parece impresentable que no se tome con seriedad nuestras demandas, que el actual escenario político económico pretende desvirtuar y disimular”, dijeron.

 Radio U.Chile.cl

domingo, 3 de julio de 2011

Comunicado de comunidades Mapuche en resistencia del Pilmaiquen "Nos asumimos como comunidades en resistencia"

Pais Mapuche

A la Nación Mapuche, a la sociedad chilena e internacional: las comunidades en resistencia del Pilmaiquen informamos lo siguiente: 
 1.- Que después de la masiva marcha del viernes 24 de junio los Lof – Che en resistencia y defensa del territorio del río Pilmaiquen y sus lugares sagrados Mapuche – Huilliche reafirmamos nuestra inquebrantable decisión de no permitir ninguna intervención de la empresa Pilmaiquen S.A contra nuestro complejo religioso y ceremonial conocido como la morada del “Ngen Mapu Kintuante”. Dejamos en claro que no negociaremos bajo ninguna forma de presión.

2.- Nos asumimos como comunidades en resistencia ya que este conflicto no lo hemos creado nosotros los Mapuche, sino es la empresa Pilmaiquen S.A amparada en la institucionalidad del Estado chileno los que han venido a violentarnos en nuestro territorio, a saquear nuestros recursos naturales y a destruir nuestros espacios sagrados milenarios, eso se llama “terrorismo de Estado”. Nosotros como Huilliche asumimos la lucha de resistencia histórica de nuestra Nación Mapuche frente a la invasión, la muerte y el despojo.

3.- Declaramos nuestra resistencia como una lucha por la vida y también por toda la humanidad, ya que los Mapuche defendemos el derecho al agua; recurso vital e indispensable para las futuras generaciones, que el ser humano pueda gozar y preservar de este recurso en forma armónica con el medio ambiente y no destruir los ríos y su entorno, ya que de esta forma se acelera el calentamiento global y se incrementan las catástrofes naturales como consecuencia de la avaricia de unos pocos poderosos sobre la explotación inconciente contra la naturaleza.

4.- Hacemos un fuerte llamado a nuestros hermanos y hermanas Mapuche a seguir sumándose a la resistencia del Pilmaiquen y también al pueblo chileno consiente a crear redes de apoyo por la defensa del territorio, del agua y la vida ya que “un pueblo que oprime a otro pueblo no puede ser libre”…
Por la defensa del Ngen Mapu Kintuante Por la defensa y reconstrucción del territorio Mapuche No a las Centrales Hidroeléctricas en el Río Pilmaiquen

Diez Veces Venceremos!!! Marrichiweu

http://paismapuche.org/?p=3446

viernes, 10 de junio de 2011

El compromiso que permitió poner fin a la huelga de hambre mapuche

  • Los cuatro comuneros dieron por terminada la medida de fuerza tras 86 días.
  • Creación de una Comisión por los Derechos del Pueblo Mapuche fue clave para deponer el ayuno.

Después de 86 días, los cuatro comuneros mapuche dieron por finalizada la huelga de hambre que buscaba la anulación del juicio contra el fiscal Mario Elgueta, según anunció enCooperativa la vocera Natividad Llanquileo.

La cave para deponer el ayuno fue el compromiso para una Comisión que pueda "avanzar en el respeto y garantía de los derechos de los pueblos indígenas", precisaron los voceros de los comuneros en un comunicado.

El texto apunta a "reformar la Ley Antiterrorista para, tal como los señaló el Presidente de la República en su cuenta pública ante el Congreso Pleno, adecuarla a los estándares internacionales de derechos humanos".

"Dicha ley -se añade- ha sido condenada ampliamente por no ajustarse a los estándares internacionales de un debido proceso. Responsabilidad que, nuevamente, recae en todos los poderes del Estado, sin excepción, al no derogarla o reformularla, y otros por invocarla y aplicarla".

"Ante este compromiso es que nuestros hermanos mapuche han decidido levantar su huelga de hambre", se precisa en el comunicado, que no alude al objetivo de anular el juicio contra el fiscal Elgueta.

La decisión de poner fin al ayuno fue graficada la noche del jueves por la directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos y una de las integrantes de la recién creada comisión, Lorena Fríes, que recalcó que los cuatro comuneros "están conscientes de que para ellos lograron poco y nada" y que finalmente buscaron"evitar que la Ley Antiterrorista siga siendo invocada para criminalizar las legítimas demandas que tiene el pueblo mapuche".

En busca de un "juicio justo"
Los cuatro mapuches iniciaron el ayuno el pasado 15 de marzo, en demanda de un "juicio justo", tras ser condenados a penas de entre 20 y 25 años de prisión por el ataque al fiscal Mario Elgueta.

Los comuneros sostienen que en el proceso se utilizaron en su contra elementos de la ley antiterrorista, como testigos sin rostro, lo que limitó sus posibilidades de defensa.

La Corte Suprema rechazó la semana pasada un recurso de anulación del juicio, aunque rebajó las penas correspondientes al ataque contra el fiscal, de tal modo que Llaitul debería pasar 14 años en la cárcel en lugar de 25 y los otros comuneros un total de ocho años en vez de 20 años.

Tras esta determinación, los comuneros decidieron proseguir la huelga de hambre tras no lograr la anulación del juicio, mientras el pasado lunes cuatro de sus familiares se habían unido a la protesta que finalmente terminó este jueves.

Cooperativa.cl

miércoles, 8 de junio de 2011

Iglesia estudia posibilidad de pedir indulto a Piñera para mapuches en huelga de hambre

Claudio Leiva Cortés  
“Hay que juzgar bien eso, pero sin duda alguna el mismo Presidente ha anunciado el 21 de mayo que es necesario cambiar, innovar en relación a la Ley Antiterrorista”, señaló el arzobispo de Santiago. Este martes, comuneros condenados cumplen 85 días en huelga de hambre.

Iglesia estudia posibilidad de pedir indulto a Piñera para mapuches en huelga de hambre
Ricardo Ezzati, arzobispo de Santiago y presidente de la Conferencia Episcopal, se abrió a la posibilidad de pedir un indulto presidencial para los mapuches en huelga de hambre.
Esteban Garay

El arzobispo de Santiago, Ricardo Ezzati, se abrió a la posibilidad de solicitar un indulto presidencial para los cuatro comuneros mapuches condenados, como una forma de terminar con la huelga de hambre que este martes cumplirá 85 días.

“Hay que juzgar bien eso, pero sin duda alguna el mismo Presidente ha anunciado el 21 de mayo que es necesario cambiar, innovar en relación a la Ley Antiterrorista. Por ahí yo creo que hay caminos para situaciones similares en el futuro”, señaló Ezzati.

El viernes pasado, día en que la Corte Suprema redujo las penas contra los cuatro condenados, Ezzati se mantuvo en contacto con los familiares de los huelguistas, el gobierno, instituciones civiles y de Derechos Humanos, “para buscar un camino que ayude a superar esta situación”.

Consultado por los acuerdos alcanzados el año pasado, tras la primera huelga de hambre de los presos mapuches, Ezzati respondió que “en general han sido cumplidos con buena disposición y esto ha sido reconocido por la misma vocera (Natividad Llanquileo) y por los familiares”.
En todo caso, Ezzati –también presidente de la Conferencia Episcopal de Chile- reconoció que “sin duda alguna hay un tema que para los mapuches es esencial y que sienten que no se ha cumplido, el de haber sido juzgados por la ley civil y no por Ley Antiterrorista.

CORTE INTERAMERICANA DE DDHH
Acerca de los caminos a seguir en este caso, Ezzati recordó que “los familiares de los mapuches quieren recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pero eso demoraría, de acuerdo a los expertos, unos tres años. Imagino que ellos esperan una solución mucho más rápida”.
Añadió que “la última determinación de la Corte Suprema ya no tiene mayores espacios, tenemos que buscar otros caminos. Vamos a apoyar lo que es bueno para ellos y para el país, pero estamos buscando el mejor camino para asegurar el derecho a la vida”.

Consultado si está dispuesto a mediar por segunda vez en el conflicto, Ezzati contestó que “una solución más rápida no depende de mí, sino que del Estado, y naturalmente haremos las sugerencias que nos parezcan oportunas, junto con instituciones de derechos humanos”.

CAMPAMENTO FUERA DE HOSPITAL
En Victoria, en tanto, los familiares de los cuatro comuneros condenados se instalaron en carpas en el exterior del hospital e informaron que se sumaron a la huelga de hambre.
Este martes, los condenados Héctor Llaitul Carrillanca, Ramón Llanquileo Pilquiman, José Huenuche Reiman y Jonathan Huillical Méndez cumplirán 85 días sin consumir alimentos, en rechazo al juicio de Cañete, donde se usaron testigos protegidos en su contra, tal como lo permite la Ley Antiterrorista.

En el recinto asistencial informaron que los cuatro se encuentran fuera de peligro de muerte, pero con desnutrición severa.

El año pasado, 34 presos mapuches completaron 82 días de ayuno, hasta que la mediación de monseñor Ezzati logró una solución. El gobierno se desistió de las querellas en que invocaba la Ley Antiterrorista, pero el Ministerio Público insistió en aplicar esa norma.

El viernes, la Corte Suprema rebajó las sentencias de los cuatro mapuches. Llaitul recibió un total de 14 años de cárcel, mientras que los otros tres fueron condenados a 8 años de presidio cada uno. Las condenas iniciales eran de 25 años para Llaitul y de 20 para el resto.

La Nación

viernes, 3 de junio de 2011

MANIFIESTO EN APOYO DEL PUEBLO MAPUCHE



Ante la Huelga de Hambre que mantienen los Presos Mapuches en Chile:   Héctor  LLaitul,   Jose  Huenuche,  Ramón  LLanquileo   y   Jonathan Huillical,  desde el  15 de Marzo  de 2011, la Coordinación  de  Apoyo al Pueblo Mapuche, personalidades y entidades sociales firmantes,

Denuncian:

-   Que  la  lucha  del  pueblo  mapuche, se ha centrado en demandar sus legítimos   derechos  colectivos   como  pueblo,   que  se  expresa  en  el derecho a la  autonomía  y  recuperación  de su territorio  ancestral  como base fundamental de su existir.

-   Que este  derecho ha sido  vulnerado  históricamente  por los  sucesivos gobiernos  chilenos,  tanto en dictadura  como en democracia,  que han expropiado    sistemáticamente    los    territorios    de   las    comunidades mapuche  a  fin  de  ceder  sus  recursos  naturales   a  las   empresas forestales, mineras, hidroeléctricas y multinacionales europeas, con capitales  de  Endesa  España  y   ENAL  Italia,  SN   Power  de  Noruega, quienes   son favorecidos por el Estado chileno, en complicidad con los grupos de poder económico.

-   Que entre  otras  expropiaciones  se puede mencionar  las  represas en Ralco,  Mehuín,  Panguipulli  y   recientemente  Hidoraysén,  así  como  el traspaso  de  la  propiedad  de  las  semillas  indígenas  y   campesina  a Monsanto,

-   Que las  luchas  y  movilizaciones  emprendidas  por el  pueblo  mapuche para oponerse a este  proceso han sido  reprimidas  violentamente  por parte del Estado.

-   Que  los   gobiernos   democráticos   chilenos   siguen   utilizando   la   Ley Antiterrorista de Pinochet para criminalizar la protesta social del pueblo nación  mapuche.     Con  ella  aplican   juicios  sin  garantías  procesales objetivas    y    con   testigos    protegidos,    lo     que   ha   permitido    el procesamiento y  condena a 25 años de prisión a los líderes mapuches: Héctor LLaitul,  Jose  Huenuche, Ramón LLanquileo  y Jonathan Huillical.

-   Que  el  Estado  chileno,  liderado  por  el  actual  presidente  Sebastián Piñera,  bloquea,  limita  y  reduce los  derechos del  Convenio 169  de  la OIT ratificado por el Estado Chileno en el año 2008.

-   Que  este   Convenio  le  obliga  a consultar  previamente  a los  pueblos originarios,   en  materias   que  afecten   a  sus  territorios   y   recursos, particularmente    en  relación    con   el    desarrollo,    la    utilización   o    la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.

-   Que el  gobierno  de Sebastián  Piñera  está contraviniendo,  tanto la  ley chilena como el Derecho Internacional, con su política de  privilegiar la entrada de transnacionales a territorio mapuche.

Por  todo   lo   anterior,   levantamos  nuestras   voces  para  exigir  al
Gobierno de Chile:

-  Libertad  inmediata  a los  presos  Políticos Mapuche,  encarcelados  por montajes judiciales en huelga de hambre por más de 76 días con graves perjuicios para su salud.

-  Derogación  y  eliminación  de la  aplicación  de la  ley  antiterrorista  a líderes   sociales y políticos mapuche.

-  Aplicación del Convenio 169 de la OIT (sin enmiendas)

-  Restitución de los territorios ancestrales al pueblo nación mapuche

-  Paralización de la entrada de empresas nacionales y transnacionales a territorio Mapuche

En Madrid a 2 de junio de 2011.

LUIS SEPÚLVEDA, escritor chileno. Doctor Honoris Causa por la Universidad
de    Toulon,   Francia.    Doctor   Honoris   Causa    por   la niversidad de Urbino, Italia.  Caballero de las Artes y Las Letras de la República Francesa

FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE CHILENOS EN ESPAÑA (FEDACHES)
ECOLOGISTAS EN ACCIÓN
ASOCIACIÓN PUENTES  NO MUROS
CASA PUEBLOS
AGENDA VIVA
IZQUIERDA ANTICAPITALISTA
ALIANZA INTELECTUALES ANTIIMPERIALISTAS

miércoles, 1 de junio de 2011

HELICOPTERO DISPARA EN HUAÑACO MILLAO EN ESTOS MOMENTOS. PIÑERA ESTA USANDO TACTICAS DE VIETNAM EN EL TERRITORIO DE LA NACION MAPUCHE.

"WERKEN KVRVF": HELICOPTERO DISPARA EN HUAÑACO MILLAO EN ESTOS MOM...: "En estos minutos, los niños que vienen saliendo de las escuelas en estos momentos se encuentran aterrorizados por el ruido de los disparos que con armamento pesado se realizan desde el aire. Los mapuche hacen un emplazamiento al gobierno del chileno Piñera para responder quién dió la orden y cuáles son los argumentos para disparar a las casas y personas de Huañaco Millao.


Territorio del País Mapuche, 31 MAYO 2011

Tal como ocurrió en octubre de 2009, donde decenas de niños y mujeres embarazadas de Temucucui fueron gaseados por la policia militar chilena, en estos momentos, siendo las 19.00 hrs. y tal como anunciamos durante la mañana, un nuevo golpe represivo se realiza en el territorio mapuche, esta vez en el LofMapu Huañaco Millao, vecino a la comunidad Queipul de Temucucui. De acuerdo a informes que llegan con dificultad, un helicóptero la la policia junto a efectivos de infanteria se encuentran disparando a todo lo que se mueve en el sector. Los niños que vienen saliendo de las escuelas en estos momentos se encuentran aterrorizados por el ruido de los disparos que con armamento pesado se realizan desde el aire y de las armas y gases del grupo delictual llamado GOPE que avanzan por tierra, al interior del territorio mapuche aún libre. Se ignora hasta el momento si existen heridos entre los niños o adultos pues las comunicaciones telefónicas de los mapuche han sido intervenidas o cortadas, aunque los weichafe del sector están intentando defenderse como verdaderos mapuche que son.

lunes, 23 de mayo de 2011

INDH y huelga mapuche: Estamos a la espera que se acoja la nulidad del juicio en Cañete

Lorena Fríes recalcó la falta de un debido proceso en contra de los cuatro comuneros mapuche.

Instó al Gobierno en realizar en forma urgente su anunciada modificación de la Ley Antiterrorista.

Lorena Fríes, directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), se mostró esperanzada en que la Justicia acoja el recurso de nulidad presentado a favor de los cuatro comuneros mapuche que ya cumplen 70 días de huelga de hambre.

"ImagenYo voy a Temuco a visitar a los comuneros, estamos a la espera de un fallo que acoja la nulidad del juicio en Cañete y esperamos que por esta vía se resuelva el caso y que prontamente se haga la reforma de manera que cualquier persona que esté sometida a una ley excepcional tenga derecho a un juicio justo", indicó a El Diario de Cooperativa.
Según Fríes, quien precisó que el fallo final se conocerá el 3 de junio próximo, "no ha habido debido proceso, porque se ha usado la Ley Antiterrorista para hacer la investigación y esta investigación termina amparándose en testigos protegidos que no tienen manera de ser confrontados por las defensas y por lo tanto terminan siendo base sustantiva para decisiones judiciales".

En vista de ello, espera que el Gobierno concrete su anunciada reforma a la Ley Antiterrorista, la cual debiera contemplar "cambiar la definición que tiene de terrorismo, tal como está, él que tira piedras en forma aislada es igual de terrorista que quien pone una bomba en forma concertada dentro de una organización para desestabilizar el país".

Lorena Fríes también se refirió a la propuesta hecha por Sebastián Piñera de crear una Subsecretaría de DD.HH., precisando que "antes del anuncio él que asumía, dentro del Gobierno, los temas que tienen que ver las demandas de la ONU o desde la OEA en materia de derechos humanos quedaban radicadas en Cancillería, con poca capacidad de coordinación del Gobierno".


Radio Cooperativa

sábado, 21 de mayo de 2011

Chile: Preocupante agravamiento de Mapuche en huelga de hambre


Dos de los cuatro líderes mapuches condenados por la justicia chilena se encuentran en estado crítico, dado el agravamiento de su salud por el ayuno que sostienen en demanda de un proceso justo.


Juan Carlos Reinao, médico de los comuneros sentenciados a penas de entre 20 y 25 años por un supuesto atentado a un fiscal, pidió el traslado de Ramón LLanquileo y José Huenuche a un hospital, informó este viernes Radio Universidad de Chile.

Según Reinao, Llanquileo presenta serios problemas cardíacos que exigen monitoreo médico, mientras que Huenuche muestra un decaimiento muy pronunciado, derivado de la alarmante pérdida de peso y de masa muscular tras 65 días de huelga.

El especialista insistió en el carácter inminente de la hospitalización de los indígenas y llamó la atención sobre el deterioro en extremo de la salud de los cuatro mapuches, quienes ya habían protagonizado un ayuno en cárcel en el segundo semestre del 2010, esa vez de más de 80 días.

Esta semana la vocera de los comuneros, Natividad Llanquileo, criticó la dilatada solución al pedido de anulación del llamado juicio de Cañete, comuna de la región del Bío Bío.

Llanquileo impugnó en particular la decisión de la Corte Suprema de postergar hasta el 3 de junio próximo su veredicto sobre el recurso de nulidad presentado por los abogados de Héctor Llaitul, Ramón Llanquileo, José Huenuche y Jonathan Huillical.

Es mucho tiempo porque está la huelga y ya en una etapa crítica, apuntó la portavoz de los mapuches, quienes retomaron el ayuno el pasado 15 de marzo en reclamo de un proceso justo y sin aplicación de la ley antiterrorista, aprobada durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990).

Mientras se dilaten las resoluciones vamos a estar en la incertidumbre de lo que pueda pasar, aseveró.

El pasado mes de abril más de un centenar de personalidades políticas e intelectuales del mundo, incluidos los Premios Nobel de la Paz Rigoberta Menchú (1992) y Adolfo Pérez Esquivel (1980) solicitaron al Estado chileno la anulación del citado encausamiento.

En mensaje que también rubricaron el filósofo brasileño Emir Sader, el escritor uruguayo Eduardo Galeano, el músico franco español Manu Chao y el sociólogo estadounidense Immanuel Wallerstein, entre otros, hicieron mención a la falta de garantías procesales que tuvieron Llanquileo, Huenuche, Huillical y Llaitul.

Criticaron que sea la criminalización la respuesta a las demandas indígenas de tierra, territorio y autonomía. Llamamos al Estado Chileno a garantizar el debido proceso de los detenidos, un juicio justo sin utilización de testigos secretos, la imparcialidad del tribunal que los procese, condiciones carcelarias dignas y fin al doble procesamiento, señalaron.

Los hermanos mapuche han debido soportar cárcel, malos tratos, abandono y sobre todo un juicio que no respetó sus derechos como ciudadanos y como integrantes de un pueblo originario, expuso en particular el argentino Pérez Esquivel en carta al presidente de la Corte chilena, Milton Juica.


martes, 3 de mayo de 2011

Los Presos Políticos Mapuches en huelga de hambre...

1º Mauricio Waikilao Waikilao
Comunidad Juan Katrilaf II, Lof Yeupeko.
Prisión preventiva desde el 5 de febrero del 2009.
Ley antiterrorista.
Procesado por más de una causa.

2º Luís Sergio Tralcal Quidel
Comunidad Juan Katrilaf II, Lof Yeupeko.
Prisión preventiva desde el 5 de agosto del 2009.
Ley antiterrorista.
Procesado por más de una causa.

3º Pablo Canio Tralcal
Comunidad Juan Katrilaf II, Lof Yeupeko.
Prisión preventiva desde el 27 de octubre del 2000.
Ley antiterrorista.

4º Pedro Cheuque
Comunidad Juan Katrilaf II, Lof Yeupeko.
Prisión preventiva desde el 25 de octubre del 2009.
Ley antiterrorista.

5º Sergio Catrilaf
Comunidad Juan Katrilaf II, Lof Yeupeko.
Prisión preventiva desde el 25 de octubre del 2009.
Ley antiterrorista.

6º Daniel Canio Tralcal
Comunidad Juan Katrilaf II, Lof Yeupeko.
Prisión preventiva desde el 27 de octubre del 2009.
Ley antiterrorista.
Procesado por más de una causa.

7º Angel Reyes Cayupan
Comunidad Mateo Ñirripil, Lof Muko.
Prisión preventiva desde el 28 de noviembre del 2009.
Ley antiterrorista.
Procesado por más de una causa.

8º Jorge Cayupan Ñirripil
Comunidad Mateo Ñirripil, Lof Muko.
Prisión preventiva desde el 12 de febrero del 2010.
Ley antiterrorista.
Procesado por más de una causa.

9º Francisco Cayupan Ñirripil
Comunidad Mateo Ñirripil, Lof Muko.
Prisión preventiva desde el 13 de marzo del 2010.
Ley antiterrorista.
Procesado por más de una causa.

10º Elvis Millán Colicheu
Comunidad Mateo Ñirripil, Lof Muko.
Prisión preventiva desde el 3 de diciembre del 2009.
Ley antiterrorista.
Procesado por más de una causa.

11º Eliseo Ñirripil
Comunidad Mateo Ñirripil, Lof Muko.
Prisión preventiva desde el 17 de enero del 2010.
Ley antiterrorista.
Procesado por más de una causa.

12º Marco Millanao Mariñan
Comunidad Pascual Coña, Lleu Lleu.
Prisión preventiva desde el 15 de agosto del 2009.
Ley antiterrorista.
Procesado por más de una causa.

13º Claudio Sánchez Lorca
Red de apoyo de Temuco.
Prisión preventiva desde el 25 de octubre del 2009.
Ley antiterrorista.

14º Ramón LLanquielo Pilquiman
Comunidad Puerto Choque, Tirúa.
Prisión preventiva desde el 11 de abril del 2009.
Ley antiterrorista.
Procesado justicia militar y civil.

15º Luis Menares Chanilao
Comunidad Nalcahue- Chol Chol.
Prisión preventiva desde el 11 de abril del 2009.
Ley antiterrorista.
Procesado justicia militar y civil.

16º José Huenuche Reiman
Comunidad Puerto Choque, Tirúa.
Prisión preventiva desde el 11 de abril del 2009.
Ley antiterrorista.
Procesado justicia militar y civil.

17º Héctor Llaitul Carrillanca
Sector San Ramón, Tirúa.
Prisión preventiva desde el 15 de julio del 2009.
Ley antiterrorista.
Procesado justicia militar y civil.
Procesado por más de una causa.

18º Jonathan Huillical Mendez
Sector Lonquimay.
Prisión preventiva desde el 14 de abril de 2009.
Ley antiterrorista.
Procesado justicia militar y civil.

19º Andrés Gutiérrez Coña
Comunidad Cristóbal Relmul, Nueva Imperial.
Prisión preventiva desde el 5 de marzo del 2009.
Ley antiterrorista.

20º Waikilaf Cadin Kalfunao
Comunidad Juan Paillalef, Cunco.
Prisión preventiva desde el 13 de mayo del 2010.
Infracción a la Ley de Armas.

21º Víctor Llanquileo P.
Comunidad Puerto Choque, Tirua.
Prisión preventiva desde el 26 de noviembre del 2009.
Ley antiterrorista.
Desde el lunes 26 de Julio.

22º Víctor Hugo Queipul Millanao
Comunidad Autónoma Temucuicui.
Prisión preventiva desde el 15 de octubre del 2009.
Ley antiterrorista.

23º José Eugenio Queipul Huaiquil
Comunidad Autónoma Temucuicui.
Prisión preventiva desde el 17 de octubre del 2009.
Ley antiterrorista.
Procesado por más de una causa.

24º Camilo Tori Quillanao
Comunidad Autónoma Temucuicui.
Prisión preventiva desde el 15 de octubre del 2009.
Ley antiterrorista.

25º Felipe Ricardo Huenchullan Cayul
Comunidad Autónoma Temucuicui.
Prisión preventiva desde el 15 de octubre del 2009.
Ley antiterrorista.

26º Lorenzo Alex Curipan Levipan
Comunidad Mapuche Rankilko.
Detenido el 26 de octubre del 2009.
Condenado el 21 de julio del 2010 a cinco años por incendio a Fundo El Carmen.

27º Fernando Enrique Millacheo Marín
Comunidad José Millacheo de Newen Mapu-Chequenco.
Prisión preventiva desde el 10 de junio del 2010.

28º José Guillermo Millacheo Marín
Comunidad José Millacheo de Newen Mapu-Chequenco.
Prisión preventiva desde el 10 de junio del 2010.

29º Eduardo Oses Moreno
Simpatizante y amigo de la causa Mapuche.
Prisión preventiva desde el 6 de septiembre del 2009.

30º Carlos Muñoz Huenuman
Comunidad Venancio Ñeguey de Choque, Tirúa.
Prisión preventiva desde el 8 de abril del 2009.
Ley antiterrorista.

31º Eduardo César Painemil Peña
Comunidad Huentelolen, Cañete.
Prisión preventiva desde el 15 de agosto del 2009.
Ley antiterrorista.
Procesado por más de una causa.

32º Juan Carlos Parra Leiva
Comunidad Venancio Neguey, Puerto Choque.
Fue detenido a principios de agosto.

33º José Ñirripil Pérez

34º Luis Marileo Cariqueo
Comunidad José Guiñón
Prisión preventiva desde el 13 de abril del 2010
Acusado de asociación ilícita

jueves, 14 de abril de 2011

El Juicio Político en Cañete, sus Condenas y las Violaciones al debido proceso

Minuta de la situación de los juicios antiterrorista contra comuneros y dirigentes mapuche en Chile /
El 22 de marzo de 2011, el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete dio a conocer el fallo del juicio llevado a cabo contra diecisiete comuneros y dirigentes mapuche pertenecientes a las organización conocida como CAM (por Coordinadora de Comunidades en Conflicto Arauco-Mallco). En éste, el Ministerio Público acusó a los imputados de participar en los delitos de robo con fuerza, homicidio frustrado a fiscal del Ministerio Público (de carácter terrorista), atentado a la autoridad, y varios incendios de carácter terrorista…
El Juicio Político en Cañete, sus Condenas y las Violaciones al debido proceso

Caso Ministerio Público contra Héctor Llaitul y otros

Minuta de la situación de los juicios antiterrorista contra comuneros y dirigentes mapuche en Chile


Por Matías Meza-Lopehandía


I. Introducción

El 22 de marzo de 2011, el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete dio a conocer el fallo del juicio llevado a cabo contra diecisiete comuneros y dirigentes mapuche pertenecientes a las organización conocida como CAM (por Coordinadora de Comunidades en Conflicto Arauco-Mallco). En éste, el Ministerio Público acusó a los imputados de participar en los delitos de robo con fuerza, homicidio frustrado a fiscal del Ministerio Público (de carácter terrorista), atentado a la autoridad, y varios incendios de carácter terrorista.

El caso llamó la atención de la comunidad nacional e internacional tras la huelga de hambre protagonizada por una treintena de comuneros mapuche acusados por diversos delitos terroristas. Ésta culminó con el compromiso del gobierno de retirar las querellas por ley antiterrorista y de modificar la legislación sobre la materia.


Tras el juicio que duró varias semanas, fueron absueltos trece de los imputados, siendo condenados cuatro de ellos. Héctor Llaitul, líder de la CAM, fue condenado a 10 años y 1 día de cárcel por robo con intimidación y a 15 años por homicidio frustrado contra fiscal del Ministerio Público (25 años de presidio en total). Ramón Esteban Llanquileo Pilquiman, José Santiago Huenuche Reiman y Jonathan Sady Huillical fueron condenados a 15 años de presidio por este último delito.


Uno de los puntos críticos de este juicio es que tanto la investigación como la preparación y el juicio propiamente tal, se llevaron a cabo con las reglas excepcionales contempladas en la ley antiterrorista. Esto, por cuanto basta que el Ministerio Público formalice la investigación bajo dicha normativa, para que se apliquen sus reglas, las cuales restringen drásticamente las posibilidades de la defensa de los imputados. Sin embargo, el tribunal había rechazado en la sentencia la calificación de terrorista de los hechos, pero al mismo tiempo afirmó la autoría de los acusados en los hechos con base en el testimonio de un testigo sin rostro, figura admitida únicamente para delitos terroristas.



II. Violaciones al debido proceso
 

1. La investigación: ésta fue llevada a cabo principalmente por las víctimas de los hechos denunciados (ataque a la comitiva del fiscal), lo cual constituye una violación al derecho a una investigación racional y justa, consagrada en la Constitución chilena


2. Irregularidades en materia probatoria: La sentencia en cuestión dio por probada la participación de los acusados en base a tres pruebas: el testimonio de un testigo sin rostro (testigo N° 26); el testimonio de oídas de un policía que afirma haber tomado declaración a uno de los imputados, el que a su vez señala haber sido torturado; y unas escuchas telefónicas.


a) Testimonio del Testigo N° 26 (sin rostro)

Este testimonio es la prueba central presentada por el MP y es el fundamento principal desde donde se construyó la autoría de los acusados. Como señalamos arriba, la figura del testigo sin rostro sólo es admitida en la legislación antiterrorista. Esta se aplica con la sola invocación del Ministerio Público, sin que haya control judicial de la calificación de los hechos, sino hasta la sentencia. Esto propicia el uso abusivo por parte del MP de las poderosas herramientas de investigación que les otorga esta normativa en desmedro de las garantías procesales de los imputados. En el caso en cuestión, el testimonio del Testigo N° 26 tiene varios aspectos que cabe destacar:


• El testimonio entrega detalles que hacen evidente que quien lo entrega habría participado en los hechos punibles sobre los que depone. Sin embargo, no está imputado en la causa, pese a que no existe norma que permita al MP otorgar cesar la acción penal a cambio de colaboración en la investigación. De esta manera, el MP transformó el estatus procesal de una persona, pasándola de imputado a testigo, con el consiguiente impacto en el valor de sus dichos vertidos en juicio;

• El testimonio fue entregado por un testigo cuya identidad no fue conocida por la defensa, ni esta pudo hacer preguntas para establecerla;

• El testimonio fue entregado a través de circuito cerrado de televisión, por lo que no hubo inmediatez;

• El testimonio sin rostro fue tomado como la pieza principal de prueba de autoría de un delito común, sin embargo, la legislación sólo los autoriza como medida de protección ante delitos relacionados con actos terroristas. Cabe recordar que el tribunal calificó los hechos imputados como delitos comunes. O sea, excluyó el carácter terrorista invocado por el MP. La fundamentación que el tribunal otorga para aceptar este testimonio, es totalmente insuficiente. No explicó de qué manera justifica la restricción de derechos de los acusados, pese a que él mismo reconoció que los testigos sin rostro se justificaban por “la especial trascendencia y peligrosidad que dichos ilícitos [terrorismo y de narcotráfico] han ido adquiriendo con el correr del tiempo.” (considerando 67°). Al respecto se limita a señalar que dicho testimonio es utilizado sólo como “punto de partida” y que la Ley antiterrorista autoriza su utilización. Como se señaló, el propio tribunal destaca que no comparte dicha calificación para los hechos del caso, pero que ello “obedece a un planteamiento doctrinal diverso sobre un mismo punto, como se explicará más adelante, no observando estos Jueces que de parte del Ministerio Público, hubiese existido un ejercicio abusivo o desmedido, al conducir la acción penal en dicho sentido” (considerando 68°).


b) Testimonio de oídas del Prefecto de la Policía acerca de la declaración extrajudicial del imputado Johnattan Huillical

El MP presentó como prueba de la autoría de los acusados el testimonio de oídas prestado por un Prefecto de la Policía. Según éste, el policía habría tomado declaración al imputado Jonathan Huillical a petición de éste, sin presencia de su abogado defensor y sin presencia del Fiscal, pero con su autorización. El imputado se negó a ratificar dicha declaración ante el tribunal, señalando que fue obtenida bajo torturas (“telefonazo”, esto es, golpes reiterados en el oído). El tribunal desestimó este hecho, pese a que se presentó certificación médica de lesión en el oído derecho, pues señaló que de ser cierto, la defensa lo habría alegado antes en el proceso. Cabe recordar que la investigación fue desarrollada, al menos parcialmente, por las víctimas de los hechos investigados.


Cabe señalar, que la fiscalía presentó dos testigos de oídas adicionales para probar la participación de los imputados en los incendios investigados. Se trataba de testimonios de policías que decían haber tomado declaración a dos testigos protegidos. Éstos se habían negado a deponer ante el tribunal, alegando haber sido torturados para obtener dicho testimonio. El MP no utilizó su facultad legal de hacerlos comparecer compulsivamente. La asimetría entre uno y otro caso es evidente, pues en este caso el Tribunal ponderó negativamente el testimonio de oídas de los policías.


c) Escuchas telefónicas
 

El tercer elemento probatorio fueron unas escuchas telefónicas de teléfonos legalmente intervenidos a los imputados. Éstas habrían sido producidas con fallas técnicas, pero lo más relevante es que se trata de prueba circunstancial, incapaz de imputar autoría por sí misma. Así por ejemplo, se utiliza una llamada donde se escucha “la voz del mencionado Llaitul, informando al segundo sobre la existencia de un enfrentamiento en el sector de Choque, que se estarían metiendo Carabineros a las comunidades, exigiéndole más adelante que se comunique con un tal Pacheco para dar a conocer dicha información a través de los medios de comunicación” (considerando 54°).


Finalmente, cabe señalar dos cosas. La primera es la desproporción de las penas. Héctor Llaitul fue condenado a 10 años de cárcel por un robo con intimidación de 4 celulares, 1 alicate, 2 escopetas y 1 martillo; a esto hay que agregar los 15 años que se le impusieron por homicidio frustrado a autoridad del Ministerio Público. La segunda cuestión es que existe un voto disidente extensamente fundado. Esto significa que de tres jueces, dos estuvieron por condenar y uno por absolver. Cabe señalar que el sistema normativo chileno consagra el principio de inocencia y establece que la condena debe imponerse sólo cuando la culpabilidad se pruebe más allá de toda duda razonable. El voto disidente pareciera confirmar que existe, a lo menos, una duda razonable, que debió conducir al tribunal a absolver.



III. Situación procesal actual
 

Actualmente, está vigente el plazo para interponer el recurso de nulidad. Éste contempla como causal para recurrir la violación de las normas de derechos fundamentales consagradas en tratados internacionales ratificados por Chile. El tribunal competente es la Corte Suprema.

Mapuexpress

martes, 12 de abril de 2011

Presentan informe “Mirar hacia atrás” que relata la tortura sufrida por Mapuche en la zona de Tirúa durante la dictadura militar.

Viernes 8 de abril de 2011, por Comisión de Comunicaciones 

 
El informe realizado por CODEPU contiene 30 testimonios que reflejan la represión y discriminación en contra de dirigentes y comunidades, que constituyen hoy parte de un archivo oral para preservar la memoria y apoyar la justicia.

El informe “Mirar hacia atrás”, recupera parte de esta memoria y la deja para que ellos la pueda entregar a sus familias y compartir con otra comunidades. Pero también queda un registro para nuestra memoria, que nos recuerda una deuda con el pasado de la dictadura, pero que nos enfrenta también con un presente donde esta historia de represión se vuelve a repetir.


Por Corporación Codepu.

La presentación se hará este sábado 09 de abril en el Hotel Umahue, en la comunidad de Lorcura, en la comuna de Tirúa, a las 15 horas. En la actividad se hará entrega del informe y copias digitales de las entrevistas a las personas y comunidades que participaron de esta iniciativa.


El proyecto nace luego de los numerosos testimonios que Codepu conoció sobre la represión a dirigentes y comunidades mapuches en el sur de Chile en el marco de la Comisión de Prisión Política y Tortura, y luego con el Fondo de Ayuda a las víctimas de Pinochet, que canalizo la Fundación Allende de España. Estos testimonios corroboraban la particular violencia que se ejerció en zonas campesinas y aisladas, principalmente en territorios con alta población Mapuche y una importante historia de organización. También permitió evidenciar que las comisiones de verdad no prestaron debida atención a la situación particular del Pueblo Mapuche, y no se generó una política especial para revisar casos que involucraban comunidades enteras. El criterio siempre fue de denuncias individuales. Aun asi 624 Mapuche de 46 comunidades distintas se organizaron para entregar sus testimonios, relatando lo que ocurrió a sus familias y comunidades.

Muchas de estas historias se radican en la comuna de Tirúa y el entorno del lago Lleu Lleu. De ahí nació el proyecto Memoria Oral del Pueblo Mapuche en la comuna de Tirúa, que Codepu desarrolló en colaboración con la Corporación Parque por la Paz Villa Grimaldi. Desde abril de 2010 un equipo formado por profesionales de Codepu y de miembros del Pueblo Mapuche en Tirúa, registró en imágenes los testimonios de 30 personas, hombres y mujeres, que nos dan cuenta de la persecución, detención, tortura y discriminación que sufrieron durante la dictadura militar. Están ahí registrados los recuerdos de Mapuche, campesinos, militantes, dirigentes, que sobrevivieron a la violencia que militares y carabineros ejercieron el zona. También se relata la convivencia y la impotencia ante represores como el civil José Santos Jorquera, que prestó su propiedad para torturar a los detenidos, y hoy vive con protección de las autoridades.


Para estas víctimas el descontento tiene motivos, ya que las comisiones extrajudiciales que creo el gobierno no llegaron a todas las casas, y tampoco hubo criterios flexibles para que sus testimonios colectivos fueran recogidos y se reparara el daño causado. El informe “Mirar hacia atrás”, recupera parte de esta memoria y la deja para que ellos la pueda entregar a sus familias y compartir con otra comunidades. Pero también queda un registro para nuestra memoria, que nos recuerda una deuda con el pasado de la dictadura, pero que nos enfrenta también con un presente donde esta historia de represión se vuelve a repetir.


El informe será presentado por Gloria Colipi y Adolfo Millabur quienes trabajaron en la recopilación de los testimonios, y por la presidenta de Codepu, Viviana Uribe. En la ceremonia se presentará el cantante y poeta mMpuche Joel Maripil.

Melin Wixan Mapu

lunes, 11 de abril de 2011

Familiares de mapuches solicitan a la Corte Suprema que anule juicio oral

El juicio de Cañete terminó con sentencias condenatorias de 20 años en prisión para Ramón Llanquileo Pilquiman, José Huenuche Reiman, Jonathan Huillical Méndez y 25 para Héctor Llaitul Carrillanca. Las irregularidades denunciadas tanto por los abogados defensores como por los familiares fueron corroboradas por varios observadores internacionales.

POR AZKINTUWE - TEMUKO, WALLMAPU - 11 / 04 / 11

Familiares de los comuneros mapuche que fueron condenados en el juicio de Cañete manifestaron, a través de una carta dirigida al presidente de la Corte Suprema Milton Juica, su preocupación por las irregularidades presentadas en el procesamiento y exigieron la nulidad del juicio.

La misiva indica que la utilización de testigos protegidos y la aplicación de la Ley Antiterrorista implican violaciones al derecho al debido proceso, consagrado en la Constitución. Los familiares pidieron además que se anule la sentencia emitida en Cañete y que se dé curso a un nuevo juicio en una corte “independiente, competente e imparcial”.

Además adujeron problemas jurídicos en el fallo, ya que los magistrados se habrían basado en la declaración de un funcionario de la policía que se presentó como “testigo protegido”, quien señaló que uno de los comuneros había confesado los hechos imputados. Sin embargo, posteriormente informes médicos confirmaron que existían marcas de tortura, lo que habría derivado en el testimonio.

El juicio de Cañete terminó con sentencias condenatorias de 20 años en prisión para Ramón Llanquileo Pilquiman, José Huenuche Reiman, Jonathan Huillical Méndez y 25 para Héctor Llaitul Carrillanca. Las irregularidades denunciadas tanto por los abogados defensores como por los familiares fueron corroboradas por varios observadores internacionales, quienes, además adhirieron su firma a esta carta.

Texto de la misiva

Sr. Milton Juica
Presidente de la Corte Suprema de Chile
Presente

Los familiares de los presos políticos mapuche enjuiciados recientemente, en la ciudad de Cañete, región del Bío Bío, queremos hacer llegar a Ud. nuestra profunda preocupación por la situación de vulneración sufrida durante todo el desarrollo del proceso judicial y que concluyó, finalmente, con una sentencia condenatoria, razón por la cual nuestros familiares mantienen una huelga de hambre líquida, desde el día 15 de marzo.

Como Ud. sabrá ellos formaron parte del grupo de 34 mapuches que estuvieron más de 80 días en huelga de hambre para pedir, entre otras cosas, que no se les aplicara la ley antiterrorista (18.314), es decir, tener la posibilidad de un juicio justo. Sin embargo, pese al acuerdo con el gobierno, entre los meses de noviembre y febrero se desarrolló un juicio oral en contra de 17 comuneros mapuche, a quienes se les aplicó dicha normativa por parte del Ministerio Público y los querellantes particulares: empresas forestales y representantes del gobierno, éstos últimos a través de su adhesión a todas las pruebas presentadas por el Ministerio Público, incluyendo a los testigos secretos que la ley antiterrorista faculta.

En la sentencia condenatoria conocida el día 22 de marzo, los miembros del Tribunal Oral en lo Penal, los Sres. Carlos Muñoz y Jorge Díaz, expresaron haber formado su convicción de la supuesta participación en los hechos investigados y juzgados principalmente a través del testimonio de un testigo secreto (denominado “testigo Nº26”). Sin embargo, en la sentencia se rechazó la calificación de terrorista de los hechos, lo cual resulta una evidente contradicción.

Una situación alarmante es que los Sres. Jueces consideraron en su sentencia el “testimonio de oídas” de un policía de investigaciones quien habría escuchado la declaración “voluntaria” de uno de nuestros familiares (igualmente imputado y condenado), quien supuestamente se habría auto inculpado e incriminado a otros comuneros mapuche. Al respecto, queremos insistir que este hecho fue denunciado ante la justicia y la opinión pública, pues dicha declaración fue obtenida bajo tortura constando con la certificación médica de las lesiones producidas. Sin embargo, en un hecho sin precedentes, la Fiscalía de Temuco decidió no perseverar la querella, archivando la causa, y no investigando los graves hechos de tortura denunciados por el comunero mapuche.

Por otra parte, la aberración jurídica más grande la constituyó el hecho del doble juzgamiento al que fueron sometidos nuestros familiares, quienes por el mismo hecho fueron procesados por la justicia civil y militar al mismo tiempo. A pesar de que el Juzgado Militar de Valdivia, el 16 de diciembre de 2010, resolvió absolver a nuestros familiares por no encontrar acreditados los hechos investigados. Actualmente la causa se encuentra radicada en la Corte de Apelaciones de Concepción, sin que se tenga conocimiento de cuál será su siguiente tramitación. Nos produce consternación la situación de que si el fallo absolutorio no fuera ratificado y tuviera un retroceso, es decir, volviera a procesar a cada uno de nuestros familiares se generaría de este modo, nuevamente, un doble juzgamiento, ya que este mismo hecho fue visto, juzgado y absuelto por la Justicia Militar, y ahora juzgado y condenado por en el Tribunal de Cañete.

Ud. tendrá conocimiento que el Estado chileno ha recibido un informe por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en noviembre del 2010, en el cual se constata la violación de los derechos humanos de los dirigentes y miembros del pueblo mapuche que han sido juzgados y condenados mediante la Ley 18.314, particularmente por el uso de testigos “sin rostro” (Informe CIDH 176/10). Hoy el Estado arriesga una condena internacional por parte de un Tribunal Internacional como lo es la Corte Interamericana de Derechos Humanos, lo cual no puede ser sino motivo de preocupación para esta Excelentísima Corte.

Nuestros familiares, todos ellos luchadores sociales de nuestro pueblo, Ramón Llanquileo Pilquiman, José Huenuche Reiman, Jonathan Huillical Méndez fueron condenados a 20 años de prisión y Héctor Llaitul Carrillanca a 25 años. Estamos convencidos de que fueron vulnerados derechos garantizados por la constitución, estos son: un debido proceso y un juicio justo. Por lo tanto, demandamos la nulidad del juicio y la realización de un nuevo juicio con un tribunal independiente, competente e imparcial y sin la aplicación de la Ley 18.314 o Ley Antiterrorista. Además, exigimos la ratificación inmediata de la sentencia absolutoria que dictó el Tribunal Militar de Valdivia. Queremos presentar además a Ud. algunas de las personas y organizaciones que nos acompañan en esta petición de justicia y se solidarizan con nuestro justo reclamo.

Atentamente,

Familiares de los Presos Políticos Mapuche condenados en Cañete.


PARA ADHERIR Y SOLIDARIZAR INGRESE AQUÍ:

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lunes, 28 de marzo de 2011

Instituto de DDHH Chile: 'Decreto 124 sobre consultas indígenas no satisface obligaciones internacionales'

El Instituto Nacional de Derechos Humanos de Chile (INDH) en su Informe Anual 2010, establece  que el Decreto Supremo N° 124 de MIDEPLAN de reglamento provisional  de consultas indígenas, no cumple con los principios mínimos aplicables a la consulta y participación de los pueblos indígenas.
El INDH es un organismo estatal autónomo, creado por Ley   20.405 del 24/11/2009, que tiene entre sus funciones elaborar un Informe Anual Sobre la Situación de los Derechos Humanos en Chile, en donde formula recomendaciones a los órganos del estado para el debido respeto y cumplimiento de las obligaciones de Derechos Humanos.
En Diciembre de 2010, el Instituto entregó al Presidente de la República, a los poderes del estado y al país su primer Informe Anual.
El Informe 2010 del INDH dedica un capítulo a la situación de los derechos humanos de los pueblos indígenas, allí deja constancia de un conjunto de atropellos e incumplimientos de obligaciones estatales. Un caso destacado de incumplimiento, de acuerdo al INDH, lo constituye el Decreto Supremo N° 124, dictado por MIDEPLAN en el año 2009 para reglamentar de modo provisorio las consultas a los pueblos indígenas. No es algo nuevo, pues diversos órganismos internacionales de derechos humanos y organizaciones de los pueblos indígenas han cuestionado reiteradamente el Decreto 124.
En septiembre de 2009 el  Relator Especial de Naciones Unidas, James Anaya recomendó a Chile que el reglamento provisorio de consultas debia ser consultado previamente con los pueblos indígenas, y debia cumplir con las normas y principios internacionales.
En Diciembre de 2010 en su primer Informe Anual, el INDH establece que el Decreto 124 no fue consultado y que no cumple con las normas internacionales de derechos humanos aplicables a la consulta. El Informe del INDH recomienda al Gobierno y a todos los poderes del estado se tomen las medidas para garantizar el cumplimiento del deber de consulta, de acuerdo a los estándares internacionales.
El 8 de marzo de 2011, el Gobierno de Chile,  anunció un "proceso histórico" de consultas a los pueblos indígenas, fijando arbitrariamente  los temas de dichas "consultas" y no aclara cómo se realizará dicho proceso.
El 27 de marzo de 2011, CONADI   notifica que las consultas se realizarán de acuerdo a la reglamentación del Decreto N° 124. Es decir, con el mismo  "reglamento provisional" de consultas que ha sido rechazado por los pueblos indígenas, que ha sido denunciado ante la OIT y el Relator ONU,  y que fue severamente cuestionado por el propio organismo estatal encargado de velar por el cumplimiento de las obligaciones estatales en materia de derechos humanos. Toda "consulta" que se haga con dicho reglamento carece de validez y legitimidad.
En suma, ante la insistencia del Gobierno en aplicar el Decreto 124, en rigor,  no se estaría frente un "proceso histórico" de consultas sino ante un nuevo caso de defraudación a los pueblos indígenas; un masivo e histórico atropello de derechos humanos.
¿Qué parte del Informe 2010 del Instituto Nacional de Derechos Humanos no comprende el Gobierno?  ¿Qué espera MIDEPLAN para derogar el arbitrario Decreto 124 ?
Reproducimos a continuación la sección del Informe Anual 2010 del INDH dedicada al Decreto 124.

Víctor Toledo LLancaqueo
Centro de Políticas Públicas y Derechos Indígenas
28/03/2011


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viernes, 25 de marzo de 2011

El Juicio de los comuneros mapuche está viciado y es incompatible con la verdad y la democracia LAS RAZONES DE LA HUELGA DE HAMBRE DE LOS CONDENADOS MAPUCHE

25 de marzo 2011
La declaración de los cuatro presos políticos mapuche condenados discute en detalle las razones claves de por que el juicio al que fueron sometidos no es legítimo y ni siquiera legal. Agreguemos a esto que la tortura viola los convenios claves de los pueblos -hechos que sí sucedieron como lo describen y también en también otros individuos que testimoniaron en ese juicio. Pese a la gravedad de esto el Fiscal Andrés Cruz se permitió en este juicio, como lo ha hecho frecuentemente, intimidar a un abogado que demostrara esto (en otros dos casos) y lanzarle una querella "por inducir a dos testigos a cambiar sus declaraciones". Lo que esto demuestra es el "intimo convencimiento" que la Fiscalía tiene de los métodos inmorales como es la tortura. Más aún lo es el uso indiscriminado para basar sus decisiones , y luego, corroborado por los jueces mismos, de las ventajas ilegales que les da la Ley Anti-Terrorista.

Fiscales y jueces se han acostumbrado a tratar a quienes disputen la visión oficial de la legalidad, la legitimidad y de los derechos fundamentales de nuestros pueblos con acciones y medidas absolutamente anti-democráticas. Muestran su incapacidad de aceptar los principios del Debido Derecho para que se haga Justicia. Y en este caso al pueblo Mapuche se lo desprecia y se le excluye de la posibilidad de ejercer sus derechos fundamentales.

Estas son las razones de por que los ilegítimamente condenados, así como observadores internacionales, han llamado a los que deberían asegurar que justicia fuese hecha, como típicos prevaricadores.
La declaración adjunta es firmada por los cuatro condenados y pienso que es muy importante que sea conocida. La realidad chilena es que la información en Chile no es ni un derecho del pueblo o periodistas ni tampoco a ser informados, en lo que se refiere a todos los habitantes de este país. Quienes pueden, les ruego la traduzcan y hagan llegar a parlamentarios, gobiernos y grupos de derechos humanos para que exijan que se anule el juicio que los lleva a condenas en las que nunca pudieron demostrar ni la menor evidencia de participación de los acusados.
Agradeceré la inclusión de esta declaración en sus propios medios para apoyar el análisis que se pueda hacer ante este hecho mayor que opaca la vida democrática de Chile y el deseo de Justicia del país todo.

José Venturelli, Pediatra, Vocero del Secretariado Europeo de la Comisión Ética Contra la Tortura CECT-SE
Desde Buin, Chile


LAS RAZONES DE LA HUELGA DE HAMBRE

Los Presos Políticos Mapuche (PPM) recluidos en la cárcel de Lebu a siete días de haber iniciado una huelga de hambre liquida, un hecho que para nosotros, nuestra familia y el pueblo mapuche no es algo menor. Consideramos entonces las razones a esta drástica determinación que viene a tomar el carácter de denuncia y exige un trato justo ante instancias judiciales, respetando los derechos fundamentales que garantizan un debido proceso. Así en la medida que conocen los detalles y pormenores del proceso judicial se desprende el carácter político jurídico que este adquirió desde el primer momento, en este escenario participan diversos actores que tienen mucha relevancia al momento de asumir responsabilidades y dependiendo de la dirección que este tome influirá en las variaciones que pueda tomar esta huelga de hambre.
Aquí las razones de esta movilización:

1.- LOS TESTIGOS SECRETOS, INSTRUMENTO DE LA LEY ANTI-TERRORISTA

La Ley Anti-terrorista o ley 18.314 fue usada durante todo el proceso judicial por parte del Ministerio Público, los querellantes y con la complicidad del gobierno. Esto ha quedado en evidencia y de forma explícita en las audiencias del Juicio Oral en donde el Tribunal de Cañete validó el uso de la figura del testigo secreto contemplada en dicha ley, e incluso este tribunal adicionó más seguridad a este secretismo; permitiendo que declararan en una sala contigua y a través de circuito cerrado de Televisión lo que imposibilitó que nuestra defensas tuvieran la posibilidad de contrainterrogar de forma directa y se diera el principio de inmediatez que debe regir en todo juicio oral y en un sistema judicial garantista.

Pues es así como ingresaron una a una las declaraciones de los testigos secretos y producto de ello dos de tres jueces que condenaron; los señores Carlos Muñoz y Jorge Díaz se formaron la convicción de nuestra supuesta participación en los hechos investigados y juzgados.

Esto ha quedado mucho más claro con la lectura del Veredicto Condenatorio en donde los argumentos principales de nuestra condena está basada en las declaraciones de dos testigos secretos, número 26 y número 8.

En concreto, si bien en la sentencia no se aplicó la Ley Anti-terrorista, para la tipificación de los delitos si se consideraron las declaraciones de los testigos secretos, figura que solo la cuestionada Ley Anti-terrorista permite como medio de prueba.

Misma situación en la que ya ha sido condenado el Estado chileno por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por el uso de la Ley Anti-terrorista y los testigos secretos en causas mapuche.

Es más, el Gobierno de Chile, en un acuerdo firmado, se comprometió a no utilizar la Ley Anti-terrorista, pero lo que pasó en el juicio fue algo totalmente diferente ya que el abogado en representación del Gobierno chileno en todo momento se allanó a la utilización de los testigos secretos que como ya dijimos, únicamente los permiten la Ley- Anti-terrorista. En resumen; El Gobierno chileno sigue aplicando la Ley Anti-terrorista en causas mapuche.

2.- Un hecho público y notorio que se dio tanto en los casi dos años de investigación, como en el ejercicio del juicio la violación de garantías constitucionales que a continuación pasamos a detallar:

a) Dos de los tres jueces del Tribunal Oral de Cañete acogieron como prueba condenatoria el testimonio de oídas de un alto oficial de la PDI: Don Alfredo Espinoza, quién en su declaración ante el Tribunal dijo haber escuchado una declaración de un comunero imputado, en la cual, según el oficial, el comunero se auto-inculpaba e inculpaba a otros comuneros. Pues bien en el contra-interrogatorio hecho por la defensa no solo quedo claro que parte de lo que el oficial reprodujo en el Tribunal, en realidad no estaba en las declaraciones que él había escuchado, específicamente la parte donde el comunero se auto-inculpaba e inculpaba a otros comuneros, además el propio Sr. Espinoza al responder las preguntas de la defensa deja de manifiesto que durante todo el proceso de detención y posterior al interrogatorio al comunero co-imputado se habían violado garantías constitucionales fundamentales. Si bien el oficial no reconoció las acusaciones de tortura que se le atribuían a él y a su equipo de detectives compuesto además, por el Sr. José Luis Gallegos, Sergio Ogueda y José López Leiva, los dos últimos supuestas víctimas del hecho investigado, acusaciones puesta por el comunero y su defensa, si reconoció que:

- Las dos declaraciones atribuidas al comunero se habían firmado luego de 17 y 20 horas de detención respectivamente.
- No existía registro de que él y los oficiales, que aparecen tomando la declaración, hayan leído sus derechos al comunero co-imputado.
- Que esas declaraciones se tomaron sin un abogado defensor como exige la ley.
- Que en la declaración policial estaban presentes el Sr. López y el Sr. Ogueda, quienes por ser víctimas del hecho en cuestión deberían estar inhabilitado para realizar diligencias de la investigación.

Cabe mencionar que éste comunero denunció estos hechos e incluso su familia, interpuso una querella por apremios ilegítimos en la ciudad de Temuco, en contra de la PDI. Dicha querella debería hacerse extensiva a la PDI de Concepción, específicamente, a los oficiales mencionados anteriormente, pero en un hecho sin precedentes la Fiscalía de Temuco decidió no perseverar la querella, archivando la causa, y no investigando los graves hechos de Tortura denunciados por el comunero mapuche.

b) Otra situación que tiene el carácter de violaciones de garantías constitucionales, es que durante las audiencias del juicio, específicamente cuando declaró el testigo Nº 26 y al momento del contra-interrogatorio practicado por la defensa, quedó en evidencia que al momento de prestar su primera declaración estaba detenido y que en esa declaración, el testigo aparece reconociendo y confesando ser "él quién disparó" en contra de la caravana que la noche del 16 de octubre transitaba por Puerto Choque. Lo insólito es que a pesar de reconocer su autoría en los hechos, la Fiscalía lo presentado como testigo secreto. A esto también hay que agregar que este testigo secreto fue utilizado en la causa llevada en nuestra contra por la segunda Fiscalía Militar de Concepción, quienes en su sentencia argumentaron que dicho testigo no aportaba información suficiente ni contundente para dictar una sentencia condenatoria, aún así en el Tribunal Oral de Cañete el testimonio de este testigo fue la prueba principal pasa fundamentar nuestra condena.

c) Punto aparte merece también la falta de objetividad de la investigación y que queda de manifiesto con la declaración de varios de los oficiales de la PDI de Concepción, quienes desfilaron en el estrado, exponiendo el rol que a cada uno le había tocado realizar en la investigación y los cuales al preguntarles quién dirigía sus diligencias, no dudaron en contestar que: "el que ordenaba y monitoreaba estas diligencias era el jefe de la BIPE de Concepción Don José Luis López Leiva y don Sergio Agueda". Estos dos oficiales mencionados, otrora victimas del hecho en cuestión y quienes en su declaración en el Tribunal dijeron que luego de ocurrido el hecho ellos se habían marginado de la investigación y que no habían realizado ninguna diligencia atribuible a la investigación, lo que se contrapone totalmente con la versión entregada por la mayoría de sus subalternos. Es más las propias normas internas de la PDI inhabilitaban a estos oficiales para dirigir la investigación del hecho en el cual figuraban como víctimas. Pero no lo hicieron. Entonces ¿Existió una investigación objetiva y sin prevaricación en nuestra contra…?

d) Con los tres puntos expuestos queda en evidencia las infracciones a las garantías constitucionales que se cometieron durante todo el desarrollo tanto de la investigación como en el trascurso del juicio oral llevando en nuestra contra, en el primer caso. Incluso violándose los derechos humanos de un comunero, hechos denunciados como tortura y los cuales el Tribunal de Cañete dejó en la completa impunidad. Dando credibilidad a un testigo de oídas que era un oficial de la Policía de Investigaciones de Concepción y que actualmente está ascendido en Santiago. Entonces si se infringieron todos estas garantías ¿Existió un debido proceso y un juicio justo como lo "garantiza" la constitución en nuestras contra?

3.- DOBLE PROCESAMIENTO "NON BIS IN DEM"

De la sentencia Nº 47 del Tercer Juzgar Militar de Valdivia causa Rol Nº 890-2008 13 de diciembre de 2010, proceso en Contra de Ramón Llanquileo Pilquiman, Jonathan Huillical Méndez, José Huenuche Raimán y Héctor Llaitul Carricanca y Luis Menares Chanilao, por los hechos del 16 de octubre del 2008, investigada por la Segunda Fiscalía Militar Letrado de Concepción, por la comisión EVENTUAL del delito de maltrato de obra a Carabinero en ejercicio de sus funciones con resultado de lesiones menos graves y leves y delito de daño a vehículo policiales se resolvió: A dicha investigación iniciada se acompañaron diversos documentos y diligencias (partes policiales, set fotográfico, informes médicos, informes periciales, entre otros). Con lo que el Ministerio Público Militar sometió a proceso a los cinco mapuche antes nombrados. Luego de reunidos los diversos elementos de convicción se determinaron los hechos, se realizaron las declaraciones de los procesados y declaraciones de dos testigos con reserva de Identidad (Nº 1 y Nº 9) (mismos utilizados por la fiscalía en el Juicio Oral de Cañete) tras esto se consideró que los medios de prueba incorporados al proceso no reúnen la fuerza probatoria suficiente para configurar participación de los procesados en dichos sucesos, y la sola declaración, por si sola, del testigo con reserva de identidad Nº 1 (el mismo que en el juicio oral de Cañete fue presentado como testigo secreto Nº 26), no basta para dictar sentencia condenatoria.
Finalmente el Tercer Juzgado militar de Valdivia Absolvió de los cargos a los cinco procesados, cuatro de nosotros nos encontramos asumiendo esta HUELGA DE HAMBRE LÍQUIDA, siendo estaba sentencia ejecutoriada.
Sin embrago esta causa no alcanzó a ser ratificada posteriormente por la Corte Marcial y tras la modificación del código de Justicia Militar, fue traspasada totalmente a Tribunales Civiles, radicada en la Corte de Apelaciones de Concepción, no quedando claro cual será la siguiente tramitación, siendo un hecho preocupante si la causa no fuera ratificada y tuviera un retroceso procesal, es decir, volviera a procesar a cada uno de Nosotros usando las declaraciones del Testigo Secreto Nº 1 y Nº 26, que recordamos "solo lo permite la Ley Anti-terrorista" , generándose de este modo el DOBLE JUZGAMIENTO "NON BIS IN DIEM" ya que este mimo hecho fue visto, juzgado y condenado, en el Tribunal de Cañete.
Por consiguiente, consideramos que estas causas siga su tramitación en las instancias correspondientes, ratificándose la ABSOLUCIÓN ya dictada y ejecutoriada de los acusados en ella.

4.- TRASLADO A LA CÁRCEL DE ANGOL EN CONDICIONES CARCELARIAS DIGNAS Y RECONOCIMIENTOS DEL CARÁCTER DE PRESOS POLÍTICOS MAPUCHE.

Consideramos que dado el carácter del Juicio y nuestra condición de miembros de un pueblo originario ancestral y de acuerdo a los diversos tratados y pactos que reconocen y amparan la condición de indígenas, condición que el Estado chileno a ratificado oficialmente con el Convenio 169 de la OIT, seamos tratados como Prisioneros Políticos miembros del Pueblo Mapuche, que aspiran al pleno reconocimiento de sus derechos, territorio y autonomía. Por tanto exigimos condiciones carcelarias mínimas que permitan el desarrollo de nuestras actividades culturales y religiosas propias del Pueblo Nación y que el hecho de permanecer privado de libertad, no limite el ejercicio de derechos elementales como Mapuche.

Con todos esto antecedentes reunidos es que encontramos totalmente justificadas las razones de esta Huelga de Hambre Líquida, que llevaremos hasta las últimas consecuencias. En evidencia quedó tanto para la gente que presenció el juicio, como para la opinión internacional representada con distintos observadores que acudieron a Cañete a presenciar el juicio más emblemático de la lucha mapuche. Por lo tanto nuestras exigencias son:

1.- Un juicio justo con un Tribunal independiente, competente e imparcial y sin la aplicación de la Ley 18.314 o Ley Anti-terrorista.
2.- Fin doble procesamiento y ratificar la sentencia absolutoria que dictó el Tribunal militar de Valdivia.
3.- Traslado a la Cárcel de Angol, con condiciones carcelarias dignas y el reconocimiento de Presos Político Mapuche.

Presos Políticos Mapuche de Lebu

Ramón Llanquileo Pilquiman.
José Huenuche Reiman
Jonathan Huillical Méndez
Héctor Llaitul Carrillanca

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José Venturelli




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